domingo, 23 de noviembre de 2008

Poemas del pasado

Si en la oscuridad de mi corazón,
existiera una mota de amor,
la imprudencia de mi alma
tropezaría en su sombra.

Soy barco que hace tiempo comenzó a navegar,
sin rumbo claro pero con puertos donde anclar,
a veces lejanos, para variar
hoy mi barco sabe donde va,
a ningún sitio, está donde quiere estar,
la brújula comenzó a funcionar hace 2 años ya.

Buscando un amor
contigo me encontré,
quizá fue culpa del dolor
eso no lo sé,
la vida sigue y caminé,
observé tu resplandor
no sé si lo soñé,
tan sólo me enamoré.

lunes, 17 de noviembre de 2008

Sensaciones de Transpoiting.........

No hay mejor manera de expresar algo, que a través del profundo
sentimiento que manifiesta la conciencia arrojándo sus conclusiones.

La inocencia se disipa,
el amor nos desecha,
la ambición nos deja,
los placeres se cansan de nosotr@s,
la hermosura nos olvida,
la esperanza jamás nos abandona.

Salude saludate!!!

domingo, 16 de noviembre de 2008

Las palabras..... ¡como seducen!

Hoy me he encontrado con esta poesía la cual compartiré con tod@s vosotr@s.

Si los besos fueran agua, te daría un mar.
Si los abrazos fueran hojas, te daría un árbol.
Si la vida fuera un planeta, te daría una galaxia.
Si la amistad fuera la vida, te daría la mía.

Espero que os guste. Besotes.

lunes, 10 de noviembre de 2008

Vuelta a las andadas......

Tras un periodo de tiempo dedicándo mi blog a la Asociación Cultural "Gamonal Vetón", vuelvo a dedicar tiempo para mí mismo, expresando mis reflexiones sobre cualquier tema mundano. El objetivo después de una temporada sin escribir, es intentar hacerlo regularmente cada cierto tiempo. Espero que a partir de ahora, al menos realice una entrada cada mes.

lunes, 21 de enero de 2008

Legislación Medioambiental (Lidya)

Nos ha escrito Lidya para darnos algunas pautas sobre la legislación que debemos tener presente para el tema que nos ocupa:

A nivel Nacional:

-Real Decreto Legislativo 1302/1986 de 28 de Junio, de evaluación de Impacto ambiental.
-Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de Junio, de evaluación de impacto ambiental.

A nivel Autonómico:

-Ley 4/2007, de 08-03-2007, de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha.
También sería de gran interés y ayuda conocer los siguientes documentos:
-Ley 34/2007, de 15 de Noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.
-Ley 27/2006, de 18 de Julio, por la que se regulan derechos de acceso a la información …
-Ley 8/2007, de 28 de Mayo, de Suelo.

DATOS DEL PROYECTO QUE DEBEMOS CONOCER.

Para poder aplicar la legislación correspondiente debemos conocer una serie de datos del proyecto, como son:

-Situación real del proyecto.
-Superficie que ocupa la acería.
-Distancia real a los núcleos de población.
-Capacidad de producción de la fábrica (por hora).
-Potencia térmica utilizada (en caso de ser necesaria).
-¿Quién es el órgano sustantivo? ¿el promotor? ¿y el órgano ambiental?

Sabiendo todas estas características podremos saber si el proyecto de la acería se encuentra dentro de los Anexos de la ley autonómica de Evaluación ambiental, donde se muestra un listado de proyectos que deben someterse a Evaluación del Impacto Ambiental, según las características de los mismos.

Conociendo los distintos órganos implicados en el proceso sabremos en cada momento en manos de quién se encuentra el proyecto en las distinta fases del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, el cuál se explica más adelante. Y a que órganos nos deberemos presentar en caso de requerir algún tipo de información.

A continuación se muestra un pequeño esquema-resumen de la Ley 4/2007 de Evaluación Ambiental en Castilla-La Mancha, destacando los puntos más interesantes a tener en cuenta.

Primeramente una aclaración de determinados conceptos importantes.

Definición Evaluación de Impacto Ambiental (E.I.A.):
La E.I.A. es un proceso administrativo que, a partir de un Estudio de Impacto Ambiental (Es.I.A.), sobre la incidencia ambiental de un proyecto, y de un proceso de participación pública sobredicha incidencia, finaliza con la Declaración de Impacto Ambiental, en la que el órgano Ambiental de la Administración competente establece la aprobación, modificación o rechazo del proyecto.

Procedimiento General de E.I.A.

Inicio del procedimiento:
El promotor presenta en el órgano ambiental una memoria-resumen del proyecto o actividad.

Si es en el órgano sustantivo, éste la remitirá al órgano ambiental: 15 días.

Consultas previas:
El órgano Ambiental la remitirá a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas para que emitan sus sugerencias 10 días

Las respuestas deberán enviarlas al órgano Ambiental; 30 días

El órgano Ambiental las remitirá al promotor así como las directrices básicas para el Estudio de Impacto Ambiental: 20 días

Información pública del Estudio de Impacto Ambiental.
El Es.I.A. se presentará en el órgano sustantivo, que lo sacará a información pública junto al proyecto. 30 días

Si no está previsto en el procedimiento sustantivo, el órgano Ambiental lo somete a información pública: 30 días

Información complementaria
El O.A puede requerir información complementaria: 20 días

EL promotor deberá aportarla información complementaria: 30 días

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
El órgano Ambiental remite al órgano Sustantivo la DIA: 30 días

El número de días para cada proceso puede variar según lo establezca la administración de cada comunidad. A pesar de esto, con este pequeño esquema podemos tener una idea más o menos clara de cómo funciona el procedimiento.

NOTA: Estos son algunos de los puntos que según mi criterio merece la pena resaltar. Para una mejor comprensión de la ley es sin duda necesario ojear el documento de ley al completo. Para más información, solicitar en el correo de la asociación:
gamonal.veton@gmail.com